Módulo 6 · Lección 2 de 6
Grados de dependencia y cómo se valoran en Cataluña
Los grados I, II, III y III+, el baremo BVD y la escala EVE, y el circuito catalán: solicitud, visita del SEVAD, resolución de grado y plazos.
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- Actualizada el 27 de octubre de 2026
El grado es la llave de todo el sistema: sin grado reconocido no hay prestación, y el grado decide qué servicios y qué cuantías corresponden. Se determina con un único baremo estatal, que mide lo que la persona hace en su entorno, no su diagnóstico. En Cataluña la valoración la hacen los SEVAD en el domicilio o la residencia, y la resolución la dicta el Departament de Drets Socials i Inclusió.
Los grados: moderada, severa y gran dependencia
La ley clasifica la dependencia en tres grados según la frecuencia y la intensidad de la ayuda que la persona necesita (art. 26) 1:
| Grado | Nombre | Necesita ayuda para varias actividades de la vida diaria… |
|---|---|---|
| I | Dependencia moderada | al menos una vez al día, o apoyo intermitente o limitado |
| II | Dependencia severa | dos o tres veces al día, sin requerir la presencia permanente de una persona cuidadora, o apoyo extenso |
| III | Gran dependencia | varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía, apoyo indispensable y continuo de otra persona, o apoyo generalizado |
El artículo 26 no menciona niveles dentro de cada grado 1. El reglamento del baremo sí los conserva (nivel 1 y nivel 2 en cada grado) 2, porque su texto consolidado no se ha actualizado desde 2011. Para leer resoluciones antiguas conviene saber que existieron; para las nuevas, el dato que cuenta es el grado.
El Grado III+ de dependencia extrema
La disposición adicional decimoséptima crea un Grado III+ para las personas con grado III reconocido que tienen esclerosis lateral amiotrófica (ELA) en fase avanzada u otras enfermedades de alta complejidad y curso irreversible. Este grado tiene un nivel mínimo de protección específico garantizado por la Administración General del Estado 1. Además, a estas personas no se les descuentan de la prestación económica otras prestaciones públicas análogas, como sí ocurre con el resto (art. 31) 1. En Cataluña, el trámite de dependencia ofrece dos vías específicas para pedirlo: por diagnóstico de ELA y por otras enfermedades de alta complejidad e irreversibles 4.
El baremo: un solo instrumento para toda España
Las comunidades determinan sus órganos de valoración, que emiten un dictamen sobre el grado y los apoyos que la persona necesita. El grado se determina con el baremo aprobado por real decreto, basado en la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la OMS, y la ley prohíbe expresamente usar otros procedimientos (art. 27) 1. Ese baremo es el del Real Decreto 174/2011 2. Tiene dos instrumentos:
- El BVD, para personas de tres años o más, en cualquier situación de discapacidad 2.
- La EVE, para menores de tres años: valora el desarrollo motor y adaptativo y las necesidades de apoyo en salud (peso al nacer, soporte de funciones vitales, medidas para la movilidad). La valoración se revisa de oficio a los 6, 12, 18, 24 y 30 meses, y a los 36 se pasa al BVD 2. La Ley 4/2026 amplía su aplicación hasta los seis años 5. A 27 de octubre de 2026, el Real Decreto 174/2011 sigue en el BOE en su redacción inicial: no se ha modificado para adaptar la EVE a los seis años 2.
Qué mide el BVD
El BVD valora el desempeño en once actividades 2: comer y beber; higiene relacionada con la micción y la defecación; lavarse; otros cuidados corporales; vestirse; mantenimiento de la salud; cambiar y mantener la posición del cuerpo; desplazarse dentro del hogar; desplazarse fuera del hogar; tareas domésticas; y tomar decisiones, esta última solo en personas con una condición de salud que pueda afectar a las funciones mentales.
| Puntuación del BVD | Resultado |
|---|---|
| 0 a 24 | Sin grado reconocido |
| 25 a 49 | Grado I |
| 50 a 74 | Grado II |
| 75 a 100 | Grado III |
Fuente: Real Decreto 174/2011 2.
Entorno e informes de salud
La valoración se hace en el entorno habitual de la persona, el domicilio donde reside la mayor parte del año, teniendo en cuenta las barreras y los facilitadores de ese entorno 2. Los informes de salud son el punto de partida: deben revisarse antes de la visita para identificar diagnósticos, su evolución y el tratamiento. Si documentan deficiencias mentales o limitaciones de comunicación, la entrevista se completa con alguien que conozca bien a la persona 2. La ley añade que se tendrán en cuenta los informes sobre la salud y los cuidados de salud de la persona y los productos sanitarios y ayudas técnicas prescritos (art. 27) 1.
Esto tiene una consecuencia importante: un diagnóstico grave no garantiza un grado alto. Lo que puntúa es cuánto apoyo necesita la persona para cada actividad.
El procedimiento según la ley estatal
El procedimiento empieza a instancia de la persona o de quien la represente. El plazo máximo para resolver el grado es de tres meses (art. 28.1) 1. La resolución la dicta la comunidad autónoma de residencia, es válida en todo el territorio y determina los servicios o prestaciones que corresponden según el grado (art. 28) 1.
Hay un segundo plazo, más largo: entre la solicitud y la resolución que reconoce la prestación concreta no pueden pasar más de seis meses. El derecho de acceso a las prestaciones nace con esa resolución o, si no la hay, al vencer ese plazo (disposición final primera) 1. En la práctica, el tiempo medio de tramitación en España fue de 293 días en el tercer trimestre de 2026, según el Ministerio de Derechos Sociales (ver lección anterior).
El grado puede revisarse si la situación mejora o empeora, o si hubo un error de diagnóstico o en la aplicación del baremo (art. 30) 1.
El circuito en Cataluña: del formulario a la resolución
En Cataluña el trámite es el 8821 del Departament de Drets Socials i Inclusió 4. Desde la misma ficha se solicita el reconocimiento o la revisión del grado, el Grado III+, la prestación por cuidador no profesional, el recurso contra una resolución o el traslado del expediente a otra comunidad 4.
- Solicitud. Se puede presentar en cualquier momento 3.
- Visita. La solicitud llega a los Serveis de Valoració de la Dependència (SEVAD), equipos con profesionales de enfermería, terapia ocupacional, fisioterapia, trabajo social, psicología y medicina. Un profesional del SEVAD llama para concertar la visita al domicilio o al centro residencial; si no localiza a la persona, envía una carta 3.
- Propuesta. Tras la visita, una comisión de valoración revisa el caso y elabora un informe con la propuesta de grado 3.
- Resolución. El reconocimiento corresponde solo a la Administración: lo emite el Servei d'Atenció a les Persones, con el grado y la puntuación obtenida 3.
- PIA. Después, los servicios sociales del ayuntamiento o de la residencia contactan con la persona para elaborar el Programa Individual de Atención (PIA) 3. Es la lección siguiente.
La revisión del grado se pide por el mismo trámite 3. [PENDIENTE: tiempos de espera actuales de los SEVAD; la página de la Generalitat enlaza a ellos pero no los muestra]. [PENDIENTE: forma jurídica y régimen de las entidades que integran los SEVAD; la ley estatal exige que la valoración sea una función pública no delegable (art. 28) 1].
Caso práctico
Un hombre de 74 años sale del hospital tras un ictus con hemiparesia. Su trabajadora social de primaria le recomienda pedir la valoración de dependencia. La familia presenta la solicitud con los informes del alta. Dos meses después, una enfermera del SEVAD visita el piso: observa cómo se levanta, cómo se viste, si puede ducharse y salir a la calle, y pregunta a su mujer por la noche.
Supongamos que obtiene 58 puntos en el BVD: Grado II 2. Pero el hombre está en plena rehabilitación y mejora cada semana. A los seis meses camina con bastón y se viste solo. Si se revisara el grado, probablemente bajaría. Si un año después sufre una segunda lesión, la familia puede pedir la revisión por empeoramiento por el mismo trámite. El grado no es una etiqueta del diagnóstico, sino una foto de su autonomía en un momento dado.
Qué implica para los sistemas
- El informe de salud es la frontera. La valoración arranca de los informes clínicos 2. Un informe de alta o de primaria que describa bien la funcionalidad (no solo diagnósticos) ahorra visitas y errores. Que el HIS o la estación de primaria pueda generar ese informe con escalas funcionales es una decisión de diseño con impacto real.
- Datos que nacen. Expediente de dependencia, fecha de solicitud, visita del SEVAD, puntuación del BVD por actividad, grado, fecha de resolución y fecha de efectos. Todos viven en el sistema de gestión de servicios sociales de la Generalitat, no en el sanitario.
- Plazos computables. Tres meses para el grado y seis para la prestación 1: el sistema debe poder calcularlos y alertar, porque de la fecha depende cuándo nace el derecho económico.
- Marcadores especiales. El Grado III+ cambia el nivel mínimo y las reglas de deducción 1. Un modelo de datos que solo admita los valores I, II y III se queda corto.
- Historia de grados. Las revisiones generan una secuencia de grados con fechas. Es esa secuencia, y no el último valor, la que explica pagos pasados o deudas.
Tarjetas de esta lección (8)
- Grado I
- Dependencia moderada: la persona necesita ayuda para varias actividades de la vida diaria al menos una vez al día, o apoyo intermitente o limitado.
- Grado II
- Dependencia severa: ayuda para varias actividades dos o tres veces al día, sin necesitar la presencia permanente de una persona cuidadora, o apoyo extenso.
- Grado III
- Gran dependencia: ayuda para varias actividades varias veces al día y apoyo indispensable y continuo de otra persona, o apoyo generalizado.
- Grado III+
- Dependencia extrema: personas con grado III y esclerosis lateral amiotrófica avanzada u otra enfermedad de alta complejidad e irreversible. Tiene un nivel mínimo de protección propio.
- BVD
- Baremo de valoración de la dependencia del Real Decreto 174/2011: puntúa de 0 a 100 el desempeño en once actividades; desde 25 puntos hay grado reconocido.
- EVE
- Escala de valoración específica para la primera infancia: valora el desarrollo y las necesidades de apoyo en salud de niños pequeños. La Ley 4/2026 la extiende de los tres a los seis años.
- SEVAD
- Serveis de valoració de la dependència: equipos multidisciplinares que reciben la solicitud, visitan a la persona y preparan la propuesta de grado en Cataluña.
- Revisión de grado
- Nueva valoración que se pide si el estado de la persona mejora o empeora, o si hubo un error de diagnóstico o en la aplicación del baremo.
Fuentes
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, arts. 26 a 31 y disposiciones adicional decimoséptima y final primera. Texto consolidado (BOE-A-2006-21990)
- Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia (BOE)
- Departament de Drets Socials i Inclusió — Procés de reconeixement de la situació de dependència (actualizado el 1-jun-2026)
- Tràmits gencat — Reconeixement de la situació de dependència, tràmit 8821 (actualizado el 22-jul-2026)
- Ley 4/2026, de 1 de octubre, que modifica la Ley 39/2006 (BOE-A-2026-20528), preámbulo